Ciudad de México — El Gobierno de México, a través del coordinador general de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y la consejera jurídica Luisa María Alcalde Luján, presentó durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo los criterios constitucionales y jurisprudenciales vigentes sobre la suspensión de derechos político-electorales para aspirantes a cargos de elección popular.

Zaldívar explicó que, bajo el principio de presunción de inocencia sostenido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cualquier persona denunciada, sujeta a investigación, imputada o vinculada a proceso penal en libertad conserva plenamente sus derechos para postularse como candidata o candidato.

Asimismo, el funcionario puntualizó que la sola emisión de una orden de aprehensión no anula automáticamente la elegibilidad de un aspirante, salvo que se acredite formal y materialmente que la persona se ha sustraído de la acción de la ley, configurando el estatus de prófugo de la justicia.

En contraste, la inhabilitación política opera cuando la persona se encuentra bajo prisión preventiva, cumple una sentencia condenatoria privativa de la libertad, o bien cuando un juez impone una suspensión de derechos de forma expresa y fundada. De igual manera, quedan legalmente impedidas de competir aquellas personas con sentencias firmes por delitos contra la vida, violencia familiar, agresiones de género, delitos sexuales o por figurar en el registro de personas deudoras alimentarias morosas.

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