Puebla, Pue.— Con 34 votos a favor, seis en contra y una abstención, el Congreso del Estado de Puebla aprobó las reformas al artículo 480 del Código Penal, mediante las cuales se tipifica y sanciona el delito de ciberasedio, estableciendo un marco legal que atiende esta problemática sin vulnerar la libertad de expresión. La reforma, resultado de un mes de debate y consulta pública, establece penas de seis meses a tres años de prisión, además de multas que pueden alcanzar hasta 300 UMAs (más de 33 mil pesos). En los casos donde las víctimas sean niñas, niños o adolescentes, las sanciones podrán incrementarse hasta en dos terceras partes de la pena máxima, como medida de protección reforzada. El nuevo texto legal define el ciberasedio como una conducta reiterada o sistemática realizada a través de medios digitales —como redes sociales, correos electrónicos o aplicaciones— que implique hostigamiento, intimidación, vigilancia u ofensas, y que tenga como consecuencia la alteración de la vida cotidiana, la privacidad o la integridad física o emocional de la víctima. Foto: H. Congreso del Estado de Puebla Entre los cambios más relevantes, se destaca que la pena mínima se redujo de 11 a 6 meses de prisión. Además, se agregó una exclusión explícita de las críticas al gobierno, la libertad de expresión y el periodismo legítimo, a fin de evitar su criminalización. El delito ahora se configura únicamente si existe una afectación comprobable, es decir, se define como un delito de resultado. También se establece que las autoridades deberán valorar el contexto de los hechos hasta en tres ocasiones antes de determinar si existe ciberasedio. Asimismo, se determinó que la persecución del delito requerirá denuncia de la parte afectada, salvo en los casos donde se trate de menores de edad, personas con discapacidad o relaciones de autoridad o subordinación, en los que se procederá de oficio. Para fortalecer la garantía de derechos, se añadió un nuevo párrafo que excluye del delito cualquier manifestación pública que tenga un interés legítimo, como el escrutinio a servidores públicos, el ejercicio periodístico o el debate democrático. Durante la sesión ordinaria del Pleno, la presidenta del Congreso, Laura Artemisa García Chávez, celebró que esta legislación haya sido construida con apertura y participación ciudadana. “Hoy no hubo cerrazón. Esta legislatura sí escucha al pueblo”, afirmó, al recordar que la redacción del artículo fue enriquecida con foros y observaciones públicas. Reiteró que, a diferencia de legislaturas anteriores que aprobaron medidas como la Ley Bala sin discusión, esta reforma representa un ejercicio democrático real. Foto: H. Congreso del Estado de Puebla Durante la discusión se presentaron datos que justifican la urgencia de la legislación. Entre el 1 de enero y el 6 de junio de 2025 se registraron en Puebla 1,080 casos de ciberacoso, 51 de ciberasedio, 823 reportes de hackeo de redes sociales, 127 casos de usurpación de identidad, 651 fraudes en línea, 19 casos de grooming y tres de espionaje digital. El 93.84% de los delitos cibernéticos registrados corresponden al ciberasedio, lo que refuerza la necesidad de contar con un marco legal actualizado y efectivo. Finalmente, Laura Artemisa afirmó que esta reforma garantiza la protección de las víctimas sin coartar derechos fundamentales, como la libertad de expresión. Aseguró que la redacción final fue construida en coordinación con el Poder Judicial local, utilizando criterios del Poder Judicial Federal, y descartó cualquier inconstitucionalidad en su aplicación. Navegación de entradas Ya circula el Chocolate del Bienestar, en tableta, en barra y en polvo. Hecho en México cien por ciento: Claudia Sheinbaum Se reunirá el Consejo Nacional de Morena el 20 de julio